Trámites

Información de los diferentes tipos de Trámites

El procedimiento de cambio de domicilio es establecido para modificar la dirección del punto de venta donde las agencias llevan a cabo su actividad.

¿Quién debe tramitarlo?

El titular del permiso.

¿Dónde se realiza?

En la Dirección General de Comercialización en Sede Santa Fe o el Departamento Comercial en Sede Rosario.

Procedimiento para solicitarlo:

1. Cargar el pedido en el Portal Pac completando la información requerida:

  • Domicilio propuesto (dirección exacta).
  • Fotos del nuevo local.
  • Plan Estratégico y de Inversión detallando las características del local, la zona donde se ubica el domicilio propuesto y las estimaciones de recaudación.

2. Una vez verificado el ingreso del trámite al sistema y la correcta carga de los datos, Lotería actualizará el estado y realizará la inspección del local comercial, la misma se realizará en forma presencial en el domicilio propuesto.

Después de realizada la inspección, en caso de que la propuesta resulte favorable, se solicitará imprimir la Solicitud de Cambio de Domicilio y el Plan Estratégico y de Inversión. Estos documentos deberán ser presentados con firma original en la Dirección General de Comercialización en Santa Fe o en el Departamento Comercial en la Sede Rosario, según corresponda.

Por otro lado, si la propuesta resulta desfavorable, el trámite será rechazado en el Portal, y se solicitará proponer otro local para llevar a cabo el cambio de domicilio.

¿El trámite termina con la inspección?

NO. La CAS determina, con base en el informe del inspector y una evaluación comercial integral, si se acepta o no el cambio de domicilio.

Documentación requerida tras la aceptación del domicilio propuesto:
  • Constancia de Cumplimiento Fiscal.
  • Inscripción actualizada en AFIP y API.
  • Nómina de empleados y/o personas encargadas.
  • Habilitación Municipal o Comunal.
  • Implementación de la imagen de «Lotería de Santa Fe» en el local comercial, en conformidad con el Manual de Marca y Aplicación vigente, bajo la supervisión y verificación del área de diseño de Lotería. Previo a la implementación, deberá enviarse un fotomontaje (no usar IA) de cómo quedaría la misma a la casilla de correo: imagenagencias@gmail.com. Deberá implementarse una vez que cuenten con el aprobado del área de diseño, con las correcciones que estos le indiquen. Luego, una vez aprobada e implementada, se solicita la actualización de las fotografías en el Perfil del Portal Pac (Herramientas > Mi Perfil > Galería > *doble click en las imágenes a reemplazar*).
¿Termina el trámite con esta presentación?

NO. Una vez presentada toda la documentación y autorizada por Resolución de Vicepresidencia Ejecutiva de la CAS, se firma el contrato de comodato de la terminal de juegos, se da de alta el nuevo domicilio comercial en el sistema y se comunica a la empresa prestadora de servicios para el traslado del equipamiento, con un plazo máximo de diez (10) días hábiles.

Tras la habilitación del nuevo domicilio:

El titular deberá enviar, en un plazo no mayor a diez días hábiles, a la dirección de correo comercializacion@santafe.gov.ar una foto del local anterior, para verificar el retiro de identificaciones como permisionario de Lotería de Santa Fe.

Información Adicional
  • Certificación: Toda la documentación presentada en copia deberá ser certificada por Escribano Público, Juez de Paz o Funcionario de la CAS.
  • Costo: El trámite no tiene ningún costo asociado.
  • Normativas legales: Reglamento de Permisionarios.
  • Seguimiento del Trámite: Para verificar en qué estado se encuentra el trámite, se puede utilizar el número asignado para su seguimiento o contactar por correo electrónico a loteriaresponde@santafe.gov.ar.

El cambio de titularidad está destinado a autorizar a cualquier Agente o Subagente a ceder la titularidad de un permiso a favor de una persona física o jurídica. Se aclara que por el principio de GRATUIDAD del otorgamiento de los permisos precarios, se encuentra PROHIBIDA LA COMPRAVENTA DE AGENCIAS, siendo causal de revocación en caso de detectarse tal situación. En caso de no poder continuar con la explotación del permiso, en principio corresponde presentar su renuncia, siendo el trámite de cesión de titularidad una excepción a esa regla.

¿Quién puede solicitar la cesión de titularidad y qué requisitos debe cumplir?

Cualquier titular de una Agencia o Subagencia Oficial puede solicitar este trámite, siempre y cuando cumpla con los siguientes requisitos:

  • Tener una antigüedad mayor a tres (3) años como titular del permiso.
  • No tener deudas con la CAS (en el caso de ser Agente Oficial) o con el Agente Oficial (en el caso de ser Subagente).
¿A quién se puede ceder?

Por criterio comercial, solo podrán adquirir la titularidad de un permiso por cesión aquellas personas que acrediten ser FAMILIARES o EMPLEADOS del cedente. Además, los postulantes deberán ser mayores de 18 años, y no estar dentro de las siguientes incompatibilidades:

  • Empleados públicos nacionales, provinciales o municipales; integrantes de las Fuerzas Armadas en actividad, ni los cónyuges de empleados de la CAS.
  • Empleados de la Administración Pública que hubieren sido exonerados.
  • Quebrados hasta tanto obtengan su rehabilitación.
  • Incapaces de ejercer el comercio.
  • Personas con condenas por delitos dolosos.
  • Aquellos que hubieran cedido su permiso o renunciado al mismo en los últimos 3 años.
  • Deudores del Fisco.
  • Empleados en relación de dependencia de otros permisionarios distintos al cedente.

Además de cumplir con estos requisitos, el interesado deberá:

  • Realizar la «Capacitación para permisionarios» y aprobar el examen para eventuales permisionarios.
  • Realizar una entrevista personal con las autoridades de la CAS – Lotería de Santa Fe.
¿De qué forma se tramita?

Previo a la carga del trámite, el cesionario propuesto del permiso tendrá que realizar y aprobar el examen virtual. Luego, el cedente debe acceder al Portal Pac y realizar el inicio de sesión utilizando sus credenciales de usuario y contraseña. Una vez dentro, procede a completar la solicitud de cesión accediendo a la pestaña «Guía e Inicio de Trámites» y seleccionando la opción «Iniciar Nuevo». Luego, completa el formulario virtual proporcionando toda la información requerida del titular propuesto.

Aclaración: La dirección de correo electrónico consignada en la solicitud de cesión será el medio oficial de comunicación con el titular propuesto.

¿Cómo sigue el trámite una vez cargada la solicitud de cesión en el portal?

Entrevista Personal: Después de cargar la solicitud en el portal, el titular propuesto será citado para tener una entrevista personal con la Dirección General de Comercialización de la CAS – Lotería de Santa Fe, donde deberá comparecer junto con la documentación que acredite el vínculo familiar o laboral con el titular. Durante esta entrevista, se llevará a cabo una evaluación para determinar si el postulante reúne los requisitos y concuerda con el perfil pretendido para formar parte de la Red Comercial.

Tras concluir la entrevista, se elevará la postulación ante las autoridades de la CAS – Lotería de Santa Fe, quienes procederán a su evaluación y preautorización o rechazo del trámite. En caso de ser aceptada, se remitirá a las partes interesadas el proveído que autoriza provisoriamente el trámite, se les solicitará la carga en el portal de la documentación requerida y la presentación de los originales en la Sede correspondiente para formar el expediente a través del cual se formalizará la gestión, cuyo fin último será la firma de la Resolución de Vicepresidencia Ejecutiva que autorizará la cesión. En el supuesto que se rechace la continuación del tramite, luego de la entrevista, se procederá a la cancelación del mismo.

¿Qué documentación debo presentar a través del sistema de trámites?
  • Nota de solicitud: la misma se obtiene del portal de trámites a través del botón «imprimir solicitud».

Formularios:

  • Formulario «CESIÓN DE PERMISO PRECARIO» con firmas certificadas.
  • Formulario «SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN PARA PERMISIONARIOS» con firmas certificada.
  • Formulario «DECLARACIÓN JURADA» con firmas certificada.

Documentos del solicitante:

  • Libre deuda:
    • Si el solicitante es un Subagente: con su Agente Oficial.
    • Si el solicitante es un Agente Oficial: con la CAS (No hace falta presentarlo, ya que la dirección de comercialización solicitará directamente al área de cuentas corrientes el libre deuda).
  • Toma de conocimiento (el Agente Oficial debe manifestar su conocimiento del trámite si el solicitante es un Subagente).
  • Fotocopia certificada del DNI del titular propuesto.
  • Certificado de conducta del titular propuesto.
  • Constancia de antecedentes penales del Registro Nacional de Reincidencia del titular propuesto.
  • Certificado negativo del Registro de Deudores Alimentarios Morosos (solicitar ante el Poder Judicial) del titular propuesto.
  • Constancia de tener aprobado el examen de la capacitación para eventuales permisionarios.
  • Constancia de inscripción ante ARCA del titular propuesto.
  • Constancia de inscripción en Ingresos Brutos (API) del titular propuesto.
  • Habilitación municipal/comunal (copia certificada).
  • Nota sobre empleados (manifestar si tiene o no empleados a cargo del punto de venta).
  • Contrato sellado entre Agente y Subagente (en el caso de tratarse de una Subagencia).
  • IMPLEMENTACIÓN DE LA IMAGEN DE LA «LOTERÍA DE SANTA FE» EN EL LOCAL COMERCIAL, EN CONFORMIDAD CON EL MANUAL DE MARCA Y APLICACIÓN VIGENTE, bajo la supervisión y verificación del área de diseño de Lotería (previo a la implementación de la imagen, deberá enviarse un fotomontaje (no usar IA) de cómo quedaría la misma a la casilla de correo: imagenagencias@gmail.com ; Deberá implementarse una vez que cuenten con el aprobado del área de diseño, con las correcciones que estos le indiquen). Luego, una vez aprobada e implementada, se solicita la actualización de las fotografías en el Perfil del Portal Pac (Herramientas > Mi Perfil > Galería > *doble click en las imagenes a reemplazar*).

Para Agentes Oficiales, además de lo anterior:

  • Apertura de cuenta bancaria y Formulario OSER 03 (tramitar ante el Nuevo Banco de Santa Fe).
  • Constitución de garantía/póliza (por el monto que determine la CAS).
  • Nota de adhesión (modalidad de gestión de débitos y créditos).

Importante: Es crucial tener en cuenta que la presentación de los requisitos no garantiza la aprobación del trámite, la cual quedará supeditada a la firma de la Resolución definitiva de Vicepresidencia Ejecutiva.

En caso de tratarse de personas jurídicas, deberá presentar:

  • Contrato Social y/o Estatuto (copia certificada).
  • Balance (copia certificada del último balance).
  • Integración del Directorio (detalle de los miembros de la dirección y de quienes tengan delegado el uso de la firma).
  • Actas de Asamblea (copia de actas de asamblea donde se acredita la personería de los miembros y actas de reunión donde se resuelve solicitar la inscripción como permisionario).
  • Objeto social (constancia de contener en su objeto social el rubro «comercialización de los juegos administrados por la C.A.S.»).
¿Una vez autorizado el tramite por Resolución de Vicepresidencia Ejecutiva finaliza el tramite?

No, una vez presentado todo en tiempo y forma, y autorizado por la CAS, se firma el contrato de comodato de la terminal de juegos, y se da el alta en el sistema al nuevo titular, esto último a partir del primer día hábil del mes siguiente a la firma de la Resolución.

Información Adicional
  • Certificación: Toda la documentación presentada en copia deberá ser certificada por Escribano Público, Juez de Paz o Funcionario de la CAS.
  • Costo: El tramite no tiene ningún costo asociado.
  • Normativas legales: Reglamento de Permisionarios.
  • Seguimiento del Trámite: Para verificar en qué estado se encuentra el trámite, se puede utilizar el número asignado para su seguimiento o contactar por correo electrónico a loteriaresponde@santafe.gov.ar.
Formulario: CESIÓN A PERSONA FISICA Formulario: CESIÓN A PERSONA JURIDICA Formulario: INSCRIPCION PARA PERMISIONARIOS - PERSONA FISICA Formulario: INSCRIPCION PARA PERMISIONARIOS - PERSONA JURIDICA Formulario: DECLARACION JURADA Formulario: NOTA ADHESION DEBITOS Y CREDITOS

Procedimiento por el que cualquier Agente o Subagente, solicita suspender sus actividades comerciales expresando una causa.

¿En que consiste el trámite?

Posibilita al Agenciero, solicitar días de licencia para su Punto de Venta y designar a una persona (generalmente al Agente Oficial, o a un familiar) para el pago de premios.

¿Quien lo puede tramitar?
El titular del Permiso con una antelación de 10 días hábiles a la fecha solicitada. El máximo por año son 30 días corridos de Licencia, y se puede extender siempre que sea debidamente justificada.

¿Donde se realiza?

A través de la Aplicación LICENCIAS en el Portal PAC según el instructivo adjunto.

¿Que documentación debo presentar para iniciar el trámite?
Ninguna

¿Cuánto cuesta?
Es Gratuito.

Normativas legales
Reglamento de Permisionarios

¿Cómo puedo saber en que estado está mi trámite?
Consultando en la Aplicación del Portal si quedó correctamente cargada.

¿Cumplimentar con toda la documentación da por finalizado el trámite?
El trámite se da por finalizado luego de realizar la carga correctamente. Se activa la Licencia a partir de la fecha de inicio y se desactiva cuando se cumpla la fecha hasta la cual se solicitó la licencia.

Descargar archivos adjuntos:

Instructivo Carga Licencia

Procedimiento por el que cualquier Subagente solicita depender de otro Agente Oficial.

¿Cuál es la finalidad del trámite?

Un cambio de dependencia es el procedimiento a través del cual cualquier Subagente puede solicitar pasar a depender de otro Agente Oficial.

OBSERVACION: Toda solicitud de Cambio de Dependencia quedará sujeta al análisis y consideración dentro del plazo que Lotería de Santa Fe estime conveniente, y su viabilidad (pre-autorización para iniciar el trámite) o no será comunicada previo al requerimiento de cualquier documentación. Se tendrán en cuenta razones de oportunidad, mérito y conveniencia, cómo así también:

  • Dimensión de la red de ventas del Agente Oficial del que depende y del cual pasaría a depender;
  • Radicación del Agente Oficial del cual solicita pasar a depender;
  • Incidencia del cambio de dependencia en la liquidación de las comisiones que la Caja liquida a los Agentes Oficiales involucrados.

¿Quién debe tramitarlo?

El Subagente que se encuentre al día en las rendiciones de cuenta con su Agente Oficial y tenga como mínimo, 1 año de permanencia en la Red Comercial de la cual depende.

¿Dónde se realiza?

En la Dirección General de Comercialización en Sede Santa Fe o el Departamento Comercial en Sede Rosario.

¿Cómo se solicita?

Cargar el pedido en el Portal PAC o enviar correo a través de Lotería Responde expresando los motivos del pedido, quedando en ambos casos a consideración previa de las autoridades de la CAS. En caso de obtener el visto bueno, si aún no fue cargado el pedido, debe acceder al Portal PAC y realizar el inicio de sesión utilizando sus credenciales de usuario y contraseña. Una vez dentro, procede a completar la solicitud de cambio de dependencia accediendo a la pestaña “Guía e Inicio de Trámites” y seleccionando la opción “Iniciar Nuevo”. Luego, completa el formulario virtual proporcionando toda la información requerida.

¿Qué documentación debo presentar tras la pre-autorización?

  • Nota de solicitud: la misma se obtiene del portal de trámites a través del botón “imprimir solicitud” y deberá estar firmada por el solicitante, por el Agente Oficial del que depende (tomando conocimiento y dando cuenta que no presenta deuda vencida) y el Agente Oficial del que pasaría a depender (aceptando la incorporación del Subagente a su red comercial).
  • Constancia de Cumplimiento Fiscal.
  • Implementación de la imagen de la «Lotería de Santa Fe» en el local comercial, en conformidad con el Manual de Marca y Aplicación vigente, bajo la supervisión y verificación del área de diseño de Lotería (previo a la implementación de la imagen, deberá enviarse un fotomontaje —no usar IA— de cómo quedaría la misma a la casilla de correo: imagenagencias@gmail.com; deberá implementarse una vez que cuenten con el aprobado del área de diseño, con las correcciones que estos le indiquen). Luego, una vez aprobada e implementada, se solicita la actualización de las fotografías en el Perfil del Portal PAC (Herramientas > Mi Perfil > Galería > doble click en las imágenes a reemplazar).
  • Contrato sellado entre Subagente y el Agente del que pasa a depender.

IMPORTANTE: Es crucial tener en cuenta que la presentación de los requisitos no garantiza la aprobación del trámite, la cual quedará supeditada a la firma de la Resolución definitiva de Vicepresidencia Ejecutiva.

¿Una vez autorizado por Resolución de Vicepresidencia Ejecutiva finaliza el trámite?

No. Una vez presentado todo en tiempo y forma, y autorizado por la CAS, se firma el contrato de comodato de la terminal de juegos y se da el alta en el sistema en la nueva red comercial, esto último a partir del primer día hábil del mes siguiente a la firma de la Resolución.

Información adicional

  • Certificación: Toda la documentación presentada en copia deberá ser certificada por Escribano Público, Juez de Paz o Funcionario de la CAS.
  • Costo: El trámite no tiene ningún costo asociado.
  • Normativas legales: Reglamento de Permisionarios.

¿Cómo puedo saber en qué estado se encuentra mi trámite?

Para verificar en qué estado se encuentra el trámite, se puede utilizar el número asignado para su seguimiento o contactar por correo electrónico a loteriaresponde@santafe.gov.ar.

Habilita a un Subagente para solicitar desempeñarse como Agente Oficial o viceversa.

¿En qué consiste el trámite?

Un cambio de categoría es el procedimiento a través del cual cualquier Subagente puede solicitar cambiar su condición a Agente Oficial y viceversa.

OBSERVACION: Toda solicitud de Cambio de Categoría quedará sujeta al análisis y consideración dentro del plazo que Lotería de Santa Fe estime conveniente, y su viabilidad (pre-autorización para iniciar el trámite) o no será comunicada previo al requerimiento de cualquier documentación. Se tendrán en cuenta razones de oportunidad, mérito y conveniencia.

¿Quién debe tramitarlo?

Cualquier Agente o Subagente que quiera cambiar su condición comercial con Lotería de Santa Fe, y se encuentre al día en las rendiciones de cuenta con su Agente Oficial o Lotería de Santa Fe.

¿Dónde se realiza?

En la Dirección General de Comercialización en Sede Santa Fe o el Departamento Comercial en Sede Rosario.

¿Cómo se solicita?

Cargar el pedido en el Portal PAC o enviar correo a través de Lotería Responde expresando los motivos del pedido, quedando en ambos casos a consideración previa de las autoridades de la CAS. En caso de obtener el visto bueno, si aún no fue cargado el pedido, debe acceder al Portal PAC y realizar el inicio de sesión utilizando sus credenciales de usuario y contraseña. Una vez dentro, procede a completar la solicitud de cambio de categoría accediendo a la pestaña “Guía e Inicio de Trámites” y seleccionando la opción “Iniciar Nuevo”. Luego, completa el formulario virtual proporcionando toda la información requerida.

¿Qué documentación debo presentar tras la pre-autorización?

  • Nota de solicitud: la misma se obtiene del portal de trámites a través del botón “imprimir solicitud” y deberá estar firmada por el solicitante y por el Agente Oficial del que depende (tomando conocimiento y dando cuenta que no presenta deuda vencida), o por el Agente Oficial del que pasaría a depender en su caso (aceptando la incorporación del Subagente a su red comercial).
  • Constancia de Cumplimiento Fiscal.
  • Implementación de la imagen de la «Lotería de Santa Fe» en el local comercial, en conformidad con el Manual de Marca y Aplicación vigente, bajo la supervisión y verificación del área de diseño de Lotería (previo a la implementación de la imagen, deberá enviarse un fotomontaje —no usar IA— de cómo quedaría la misma a la casilla de correo: imagenagencias@gmail.com; deberá implementarse una vez que cuenten con el aprobado del área de diseño, con las correcciones que estos le indiquen). Luego, una vez aprobada e implementada, se solicita la actualización de las fotografías en el Perfil del Portal PAC (Herramientas > Mi Perfil > Galería > doble click en las imágenes a reemplazar).
  • Contrato sellado entre Subagente y el Agente del que pasa a depender (en caso de solicitar el cambio de categoría a Subagente Oficial).

Para cambio de categoría a Agente Oficial, además de lo anterior:

  • Apertura de cuenta bancaria y Formulario OSER 03 (tramitar ante el Nuevo Banco de Santa Fe).
  • Constitución de garantía/póliza (por el monto que determine la CAS).
  • Nota de adhesión (modalidad de gestión de débitos y créditos).

IMPORTANTE: Es crucial tener en cuenta que la presentación de los requisitos no garantiza la aprobación del trámite, la cual quedará supeditada a la firma de la Resolución definitiva de Vicepresidencia Ejecutiva.

¿Una vez autorizado por Resolución de Vicepresidencia Ejecutiva finaliza el trámite?

No. Una vez presentado todo en tiempo y forma, y autorizado por la CAS, se firma el contrato de comodato de la terminal de juegos y se da el alta en el sistema en la nueva red comercial, esto último a partir del primer día hábil del mes siguiente a la firma de la Resolución.

Información adicional

  • Certificación: Toda la documentación presentada en copia deberá ser certificada por Escribano Público, Juez de Paz o Funcionario de la CAS.
  • Costo: El trámite no tiene ningún costo asociado.
  • Normativas legales: Reglamento de Permisionarios.

¿Cómo puedo saber en qué estado se encuentra mi trámite?

Para verificar en qué estado se encuentra el trámite, se puede utilizar el número asignado para su seguimiento o contactar por correo electrónico a loteriaresponde@santafe.gov.ar.

Ante el fallecimiento o declaración de incapacidad del titular de un permiso, en principio corresponde la revocación del mismo. Sin embargo, este trámite funciona como excepción a la regla, habilitando a los herederos o interesados que así lo soliciten a continuar con la explotación del Permiso.

¿Quién lo puede tramitar?

El o los herederos que quieran continuar con la agencia, o aquel que demuestre que se sustenta con el producido del negocio.

Deberá tener como mínimo 18 años, y no ser:

  • empleados públicos nacionales, provinciales o municipales; integrantes de las FFAA, ni cónyuges de empleados de la CAS.
  • empleados de la administración pública que hubiere sido exonerados.
  • quebrados hasta tanto obtengan su rehabilitación.
  • incapaces de ejercer el comercio.
  • los que hubieran sido condenados por delitos dolosos.
  • aquellos que la CAS le hubiera revocado el permiso dentro de los 10 últimos años.
  • aquellos que hubieren cedido su permiso o renunciado al mismo en los 3 últimos años.
  • deudores del Fisco.
  • los empleados en relación de dependencia de otros permisionarios.

Además de cumplir con estos requisitos, el interesado deberá:

  • Realizar la «Capacitación para permisionarios» y aprobar el examen para eventuales permisionarios.
  • Realizar una entrevista personal con las autoridades de la CAS – Lotería de Santa Fe.
¿De qué forma se tramita? ¿Qué plazo tengo para hacerlo?

En primer lugar, dentro de los 30 días hábiles desde la fecha de la defunción o declaración de incapacidad del titular, el solicitante debe acceder al Portal Pac y realizar el inicio de sesión utilizando las credenciales de usuario y contraseña del titular del permiso. Una vez dentro, procede a completar la solicitud de otorgamiento por fallecimiento accediendo a la pestaña «Guía e Inicio de Trámites» y seleccionando la opción «Iniciar Nuevo». Luego, completa el formulario virtual proporcionando toda la información requerida. Cabe destacar, que previo a la carga del trámite el interesado tendrá que realizar y aprobar el examen virtual.

Aclaración: La dirección de correo electrónico consignada en la solicitud de cesión será el medio oficial de comunicación.

¿Cómo sigue el trámite una vez cargada la solicitud inicial en el portal?

Entrevista Personal: Después de cargar la solicitud en el portal, el interesado será citado para tener una entrevista personal con la Dirección General de Comercialización de la CAS – Lotería de Santa Fe, donde deberá comparecer junto con la documentación que acredite el vínculo familiar o laboral con el titular. Durante esta entrevista, se llevará a cabo una evaluación para determinar si el postulante reúne los requisitos y concuerda con el perfil pretendido para formar parte de la Red Comercial.

Tras concluir la entrevista, se elevará la postulación ante las autoridades de la CAS – Lotería de Santa Fe, quienes procederán a su evaluación y preautorización o rechazo del trámite. En caso de ser aceptada, se remitirá a las partes interesadas el proveído que autoriza provisoriamente el trámite, se les solicitará la carga en el portal de la documentación requerida y la presentación de los originales en la Sede correspondiente para formar el expediente a través del cual se formalizará la gestión, cuyo fin último será la firma de la Resolución de Vicepresidencia Ejecutiva que autorizará la cesión.

¿Qué documentación debo presentar a través del sistema de trámites?
  • Nota de solicitud: la misma se obtiene del portal de tramites a través del botón «imprimir solicitud».
  • Acta de defunción del titular del permiso.
  • Documentación que acredite el vinculo con el titular del permiso.

Formularios:

  • Formulario «SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN PARA PERMISIONARIOS» con firmas certificada.
  • Formulario «DECLARACIÓN JURADA» con firmas certificada.

Documentos del solicitante:

  • Libre deuda:
    • Si el solicitante es un Subagente: con su Agente Oficial.
    • Si el solicitante es un Agente Oficial: con la CAS (No hace falta presentarlo, ya que la dirección de comercialización solicitará directamente al área de cuentas corrientes el libre deuda).
  • Toma de conocimiento (el Agente Oficial debe manifestar su conocimiento del trámite si el solicitante es un Subagente).
  • Fotocopia certificada del DNI del titular propuesto.
  • Certificado de conducta del titular propuesto.
  • Constancia de antecedentes penales del Registro Nacional de Reincidencia del titular propuesto.
  • Certificado negativo del Registro de Deudores Alimentarios Morosos (solicitar ante el Poder Judicial) del titular propuesto.
  • Constancia de tener aprobado el examen de la capacitación para eventuales permisionarios.
  • Constancia de inscripción ante ARCA del titular propuesto.
  • Constancia de inscripción en Ingresos Brutos (API) del titular propuesto.
  • Habilitación municipal/comunal (copia certificada).
  • Nota sobre empleados (manifestar si tiene o no empleados a cargo del punto de venta).
  • Contrato sellado entre Agente y Subagente (en el caso de tratarse de una Subagencia).
  • IMPLEMENTACIÓN DE LA IMAGEN DE LA «LOTERÍA DE SANTA FE» EN EL LOCAL COMERCIAL, EN CONFORMIDAD CON EL MANUAL DE MARCA Y APLICACIÓN VIGENTE, bajo la supervisión y verificación del área de diseño de Lotería (previo a la implementación de la imagen, deberá enviarse un fotomontaje (no usar IA) de cómo quedaría la misma a la casilla de correo: imagenagencias@gmail.com ; Deberá implementarse una vez que cuenten con el aprobado del área de diseño, con las correcciones que estos le indiquen). Luego, una vez aprobada e implementada, se solicita la actualización de las fotografías en el Perfil del Portal Pac (Herramientas > Mi Perfil > Galería > *doble click en las imagenes a reemplazar*).

Para Agentes Oficiales, además de lo anterior:

  • Apertura de cuenta bancaria y Formulario OSER 03 (tramitar ante el Nuevo Banco de Santa Fe).
  • Constitución de garantía/póliza (por el monto que determine la CAS).
  • Nota de adhesión (modalidad de gestión de débitos y créditos).

Importante: Es crucial tener en cuenta que la presentación de los requisitos no garantiza la aprobación del trámite, la cual quedará supeditada a la firma de la Resolución definitiva de Vicepresidencia Ejecutiva.

En caso de tratarse de personas jurídicas, deberá presentar:

  • Contrato Social y/o Estatuto (copia certificada).
  • Balance (copia certificada del último balance).
  • Integración del Directorio (detalle de los miembros de la dirección y de quienes tengan delegado el uso de la firma).
  • Actas de Asamblea (copia de actas de asamblea donde se acredita la personería de los miembros y actas de reunión donde se resuelve solicitar la inscripción como permisionario).
  • Objeto social (constancia de contener en su objeto social el rubro «comercialización de los juegos administrados por la C.A.S.»).
¿Una vez autorizado el tramite por Resolución de Vicepresidencia Ejecutiva finaliza el tramite?

No, una vez presentado todo en tiempo y forma, y autorizado por la CAS, se firma el contrato de comodato de la terminal de juegos, y se da el alta en el sistema al nuevo titular, esto último a partir del primer día hábil del mes siguiente a la firma de la Resolución.

Información Adicional
  • Certificación: Toda la documentación presentada en copia deberá ser certificada por Escribano Público, Juez de Paz o Funcionario de la CAS.
  • Costo: El tramite no tiene ningún costo asociado.
  • Normativas legales: Reglamento de Permisionarios.
  • Seguimiento del Trámite: Para verificar en qué estado se encuentra el trámite, se puede utilizar el número asignado para su seguimiento o contactar por correo electrónico a loteriaresponde@santafe.gov.ar.

Permite que cualquier Agente o Subagente presente su renuncia al Permiso otorgado.

¿Quién lo puede tramitar?

El titular del Permiso, siempre que no tenga deuda con la CAS o con su Agente Oficial si es Subagente.

¿Donde se realiza?

En Oficina de Registros y Habilitación o Delegación Rosario.

¿Que documentación debo presentar para iniciar el trámite?

– Nota de Solicitud de Renuncia con la firma del Agente Oficial si es Subagente.

– Sellado del Nuevo Banco de Santa Fe para iniciar trámite

¿Cuánto cuesta?

Es gratuito.

Normativas legales

Reglamento de Permisionarios.

¿Cómo puedo saber en que estado está mi trámite?

Por vía mail a loteriaresponde@santafe.gov.ar

Toda la documentación presentada en copia deberá ser certificada por Escribano Público, Juez de Paz o Funcionario de la CAS.

¿Cumplimentar con toda la documentación da por finalizado el trámite?

No, la documentación es requerida para INICIAR el trámite. Una vez presentado todo en tiempo y forma, y autorizado por la CAS, se da de baja en el sistema al permiso.

 

Este trámite consiste en la Gestión de determinados Premios que se pueden realizar en Lotería de Santa Fe (Santa Fe y Rosario). Los premios que se pueden gestionar son los siguientes:

– Quini 6, Lotería Tradicional, Lotería de Còrdoba Brinco, Loto Plus y Loto 5: mayores a $5.517.000.

¿ Quién lo debe tramitar?

Lo tramita el apostador que va a cobrar el premio.

En el caso de premios de Raspaditas y Doble Chance lo gestionan los Agentes Oficiales. (si tienen dudas por favor comunicarse previamente con Santa Fe o Rosario).

Los premios de Doble Chance los gestionan los Agentes Oficiales enviando la documentación (Ticket y DNI frente y reverso) al mail premios.loteria@santafe.gov.ar.

¿ Dónde se realiza?

Este trámite se realiza en el área de Premios de Lotería de Santa Fe (Santa Fe y Rosario).

Documentación a Presentar

1) Ticket original.

2) DNI del apostador que va a cobrar. No se puede tramitar en nombre de otra persona.

3) Constancia de CUIL.

4) CBU de la persona que va a cobrar el premio. Puede ser Constancia de Home Banking o Cajero Automático.Esta cuenta no debe pertenecer al ANSES y percibir asignaciones de gobierno.

No se permiten cuentas virtuales con CVU (EJ: Mercado Pago, Ualà, Prex, etc), a excepción de BRUBANK Y NARANJA X que habilitaron cuentas con CBU (Clave Bancaria Uniforme)

¿ Cuanto cuesta?

Es gratuito.

Cualquier consulta comunicarse con Lotería de Santa Fe:

– Santa Fe: (0342) 4815660 internos 39638 mail: premios.loteria@santafe.gov.ar

– Sede Rosario: (0341) 4467254- Interno 47352 División Premios.